Cadena de valor de la microelectrónica y de los semiconductores (PERTE Chip)

PERTE Chip
Programa:PERTE Chip
Dotación:33.428.687,68 €
Alcance geográfico:national
Beneficiarios:private
Características clave:PERTE Chip

El Ministerio de Industria y Turismo ha publicado la segunda convocatoria de las «ayudas a proyectos para el impulso de la cadena de valor de la microelectrónica y de los semiconductores (PERTE Chip)», para la anualidad 2025.

 

¿Qué objetivo tiene la «Sección general del PERTE Chip»?

La ejecución de planes de inversión correspondientes a la sección General, proyectos de I+D desarrollados en la cadena de valor de la microelectrónica y de los semiconductores con independencia de que estén o no inscritos en iniciativas o programas paneuropeos.

 

¿A quién va dirigida la «Sección general del PERTE Chip»?

A sociedades mercantiles privadas y las sociedades mercantiles estatales con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño.

 

¿Qué tipo de ayuda es?

Se trata de una subvención a fondo perdido.

 

¿Qué dotación dispone?

El presupuesto total destinado es de 33.428.687,68 €.

¿Qué tipo de proyectos subvenciona?

    • Estudios de viabilidad: la evaluación y análisis del potencial de un proyecto, con el objetivo de apoyar el proceso de toma de decisiones de forma objetiva y racional descubriendo sus puntos fuertes y débiles, y sus oportunidades y amenazas, así como de determinar los recursos necesarios para llevarlo a cabo y, en última instancia, sus perspectivas de éxito.

    • Proyectos de investigación industrial: la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o encaminados a lograr una mejora significativa de los productos, procesos o servicios existentes, incluidos los productos, procesos o servicios digitales, en cualquier ámbito, tecnología, industria o sector.

    • Proyectos de desarrollo experimental: la adquisición, combinación, configuración y utilización de conocimientos y capacidades científicas, tecnológicas, empresariales y de otros tipos existentes con el objetivo de desarrollar productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, incluidos los productos, procesos o servicios digitales, en cualquier ámbito, tecnología, industria o sector.

    • Estar encuadradas dentro de uno de los siguientes segmentos de la cadena de valor de la microelectrónica y de los semiconductores:
        • Diseño y desarrollo de chips y núcleos de propiedad intelectual (IPs).

        • Desarrollo de kits de diseño de procesos y de ensamblaje (PDKs / ADKs).

        • Diseño, desarrollo y producción de herramientas para la automatización de diseño electrónico (EDA tools).

        • Fabricación de semiconductores.

        • Diseño, desarrollo y producción de equipos para la fabricación de semiconductores.

        • Producción de materiales y sustancias utilizadas como materias primas en la fabricación de semiconductores.

        • Testeo y/ encapsulado de semiconductores.

        • Diseño, desarrollo y producción de equipos para el testeo y/o encapsulado de semiconductores.

        • Producción de materiales y sustancias utilizadas como materias primas en el testeo y/o encapsulado de semiconductores.

 

¿Qué tipo de gastos subvenciona?​​​

    • En los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, se podrán financiar las siguientes partidas de gastos:
        • Costes de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto o actividad pertinente.

        • Costes de instrumental y material (aparatos y equipos de producción, excluidos los vehículos de transporte exterior).

        • Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.

        • Costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.

        • Gastos generales: son aquellos que forman parte de los gastos del proyecto en I+D+i, pero que por su naturaleza no se pueden imputar de forma directa por no poder individualizarse como, por ejemplo, el consumo eléctrico o de teléfono. Para su cálculo se aplicará un porcentaje del 15% sobre los costes de personal válidamente justificados, sin necesidad de aportar justificantes de gasto.

    • En la determinación de los costes de los estudios de viabilidad, se tomará en consideración las siguientes partidas de gastos subvencionables:
        • Los costes de personal.

        • Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.

        • Los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.

        • Gastos generales.

    • En ningún caso se consideran gastos financiables los impuestos indirectos.

 

Plazo de solicitud

Estará abierta desde el 01/09/2025, a las 09:00 h hasta el 30/09/2025, a las 14:00 h.

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