2ª Convocatoria del Programa de Incentivos para proyectos de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables

La imagen muestra una instalación híbrida de energías renovables, con paneles solares fotovoltaicos en primer plano y aerogeneradores en el fondo, bajo un cielo parcialmente nublado. Representa la generación de electricidad a partir de fuentes limpias, alineada con la 2ª Convocatoria - Programas de Incentivos para proyectos de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables en sustitución de producción fósil.
Programa:2ª Convocatoria del Programa de Incentivos para proyectos de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables
Dotación:50.000.000
Alcance geográfico:national
Beneficiarios:private
Características clave:Energías renovables

El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) ha convocado la «segunda convocatoria del Programa de Incentivos para proyectos de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables».

¿Qué objetivo tienen las ayudas para el «Programa de Incentivos para proyectos de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables»?

Su objetivo principal es la ejecución de proyectos de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables en sustitución de producción a partir de combustibles fósiles

¿A quién van dirigidas las ayudas para el «Programa de Incentivos para proyectos de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables»?

Personas jurídicas, públicas o privadas, así como las agrupaciones de personas jurídicas tanto públicas como privadas, sin personalidad jurídica propia.

¿Qué tipo de ayuda es?

Se trata de una subvención a fondo perdido.

¿Qué dotación dispone?

Cuenta con una dotación de 50.000.000 €. La ayuda máxima a conceder en la convocatoria, por proyecto, será de 15 millones de euros.

¿Qué tipo de proyectos subvenciona?

Instalaciones de producción de energía eléctrica o de cogeneración. Se distinguen los siguientes subtipos:

  • Subtipo 1.1 (S-1.1): instalaciones de producción de energía eléctrica o de cogeneración a partir de biomasa.
  • Subtipo 1.2 (S-1.2): instalaciones de producción de energía eléctrica o de cogeneración a partir de biogás.
  • Subtipo 1.3 (S-1.3): instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía eólica con almacenamiento eléctrico.
  • Subtipo 1.4 (S-1.4): centrales hidroeléctricas con almacenamiento eléctrico.
  • Subtipo 1.5 (S-1.5): instalaciones solares fotovoltaicas con almacenamiento eléctrico. Instalaciones solares fotovoltaicas con almacenamiento eléctrico.

Instalaciones de producción de energía térmica. Se distinguen los siguientes subtipos:

  • Subtipo 2.1 (S-2.1): instalaciones de producción de energía térmica a partir de biomasa.
  • Subtipo 2.2 (S-2.2): instalaciones de producción de energía térmica a partir de biogás.
  • Subtipo 2.3 (S-2.3): instalaciones de producción de energía térmica a partir de geotermia o hidrotermia.
  • Subtipo 2.4 (S-2.4): instalaciones de producción de energía térmica a partir de aerotermia.
  • Subtipo 2.5 (S-2.5): instalaciones de producción de energía térmica a partir de energía solar con almacenamiento térmico.

¿Qué tipo de gastos subvencionan las ayudas para el «Programa de Incentivos para proyectos de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables»?

    • Sistemas preparación, descarga, almacenamiento y tratamiento de combustibles.
    • Equipos principales de generación de energía eléctrica, de cogeneración y de energía térmica.
    • Sistemas de almacenamiento de energía eléctrica y/o de energía térmica.
    • Equipos de recuperación de calor, así como sistemas de distribución a puntos de consumo.
    • Sistemas eléctricos y de control, hidráulicos, bombeo, instrumentación, auxiliares, etc., asociados a la instalación y, en general, equipamientos electromecánicos.
    • Subestación eléctrica, transformadores, celdas, armarios, sistemas de teledisparo y protecciones, contadores, líneas de evacuación e interconexión de centrales de generación, y de los sistemas de integración de energía eléctrica y gestión de la demanda, red de tierras, batería de condensadores y, en general, equipamientos electromecánicos, aparellaje e infraestructuras eléctricas hasta el punto de conexión con la red eléctrica de transporte o distribución. En su caso, se incluirán las protecciones y equipamientos que correspondan bajo el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) y sus Instrucciones técnicas complementarias o el Reglamento de Instalaciones Eléctricas en Alta Tensión (RIAT) y sus Instrucciones técnicas complementarias.
    • Sistemas de control, telemedida, monitorización y comunicación con el centro de control asociados a la instalación, incluidas las pruebas, puesta en marcha y ensayos de funcionamiento.
    • Sistemas de gestión, control activo y monitorización de la demanda de energía eléctrica de instalaciones consumidoras abastecidas por el proyecto objeto de la ayuda, que ayuden a optimizar la gestión y producción permitiendo la integración más efectiva en la red, en mercados locales o en su uso para autoconsumo de las fuentes de energías renovables. Estos equipos deberán ser propiedad del beneficiario de la ayuda y estar vinculados al proyecto objeto de la ayuda.
    • Obra civil.
    • Coste del desmantelamiento de instalaciones existentes en el emplazamiento, en el caso de que aplique, para llevar a cabo el proyecto objeto de ayuda, siempre que se cumpla la condición de que al menos el 70 % (en peso neto) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos generados (con exclusión de los residuos con código LER 17 05 04), se preparen para la reutilización, el reciclaje y la valorización de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales. Análogamente, en los proyectos financiados que impliquen demolición, se incluirá la práctica de demolición selectiva.
    • Cimentaciones u otros sistemas de anclaje.
    • Transporte y montaje, puesta en marcha, controles de calidad y ensayos de las instalaciones.
    • Elaboración del proyecto de ejecución.
    • Dirección facultativa de obra.
    • Coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje.
    • Ensayos, estudios y pruebas necesarias para la elaboración del proyecto y dimensionamiento de la instalación.
    • Costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones, incluidos los costes de redacción de informes y demás documentación requerida para la justificación de estas ayudas.
    • Informe del auditor sobre la cuenta justificativa.
    • Costes relativos al cumplimiento de las obligaciones del principio DNSH.
    • Otras partidas que sean debidamente justificadas como necesarias, distintas de las recogidas como gastos no subvencionables en el apartado.

Plazo de solicitud

Estará abierta desde las 9:00h del día 26/01/2026, hasta las 13:00 horas del día 02/03/2026

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