Fomento de la utilización de instalaciones y equipamientos en común en régimen asociativo

Puesta al día tras las vacaciones: las 10 noticias clave del verano
Programa:Fomento de la utilización de instalaciones y equipamientos en común en régimen asociativo
Dotación:4.095.000 €
Alcance geográfico:national
Beneficiarios:private
Características clave:instalaciones y equipamientos en común en régimen asociativo

La Consellería del Medio Rural ha convocado las subvenciones destinadas al «fomento de la utilización de instalaciones y equipamientos en común en régimen asociativo», en Galicia, para la anualidad 2025.

 

¿Qué objetivo tienen las ayudas destinadas al «fomento de la utilización de instalaciones y equipamientos en común en régimen asociativo»?

  • Contribuir a la adaptación al cambio climático y a su mitigación, entre otras cosas, reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorando la captura de carbono, así como promover la energía sostenible.
  • Promover el desarrollo sostenible y la gestión eficiente de recursos naturales como el agua, el suelo y el aire, por ejemplo, reduciendo la dependencia química.

 

¿A quién van dirigidas las ayudas destinadas al «fomento de la utilización de instalaciones y equipamientos en común en régimen asociativo»?

A Cooperativas agrarias formadas por personas titulares de explotaciones agrarias.

¿Qué tipo de ayuda es?

Se trata de una subvención a fondo perdido con una cuantía máxima de ayuda de 3.000.000 euros.

¿Qué dotación tiene?

Cuenta con una dotación de 4.095.000 €

¿Qué tipo de proyectos subvencionan las ayudas destinadas al «fomento de la utilización de instalaciones y equipamientos en común en régimen asociativo»?

  • Serán elegibles las inversiones productivas que tengan como objetivo contribuir a:
    • Acciones de mitigación o adaptación al cambio climático.
    • Inversiones para la gestión eficiente de los recursos agua, suelo y aire.
    • Mejora de la eficiencia energética y producción de energías verdes.
    • Inversiones para la mejora del bienestar animal.
    • Inversiones en medidas de bioseguridad en las explotaciones agrarias.
  • En concreto, serán elegibles las inversiones materiales e inmateriales que supongan una mejora del rendimiento global, la competitividad o la viabilidad de las explotaciones:
    • La reforma o construcción de instalaciones que supongan la mejora de las condiciones agroambientales, higiénico-sanitarias y de bienestar de los animales que vayan más allá de los requisitos obligatorios; el almacenamiento de estiércol, instalación de sistemas alternativos que permitan reducir la carga de fósforo y nitrógeno y cuyo producto interactúe y mejore la estructura del suelo o sistemas que mejoren la eficiencia en el uso de fertilizantes nitrogenados; la disminución del consumo de energía o de agua; la mejora de los sistemas de ventilación y aislamiento de las explotaciones ganaderas; la producción de energías renovables y bioenergía para su uso en las explotaciones agrícolas; el cumplimiento de nuevas normas obligatorias de la Unión Europea; la reducción de la erosión del suelo; o la mitigación de los desastres naturales y riesgos climáticos, y mecanismos de prevención contra los efectos adversos de los fenómenos extremos relacionados con el clima.
    • Compra de construcciones agrarias en desuso.
    • La compra de terrenos conforme a lo establecido en el artículo 73(3)(c) del Reglamento (UE) 2021/2115 (hasta el límite del 10 % de la inversión elegible).
    • Las inversiones inmateriales asociadas a la realización de las inversiones materiales enumeradas anteriormente podrán comprender gastos generales, tales como honorarios de los técnicos que elaboren los proyectos de construcción o reforma, licencias de software u otros permisos.
    • En el caso de inversiones para energías renovables, se deberán observar los criterios de sostenibilidad de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero establecidos en la Directiva sobre Energías Renovables 2018/2001.
    • La producción de energía renovable se destinará exclusivamente para el autoconsumo de la explotación.

 

Plazo de solicitud

Estará abierta desde el 09/09/2025 hasta el 08/10/2025.

Si quieres conocer más convocatorias, puedes ir a nuestro buscador de ayudas haciendo click aquí.

Request a free audit

SectoresRelacionados

Certificaciones

Certification FI Group
Certification FI Group
Certification FI Group
Certification FI Group
Certification FI Group
FI Group España
@FI Group by EPSA Copyright 2025