¿Qué objetivo tienen las ayudas destinadas a la ‘formación profesional a medida de las empresas en sectores estratégicos: automoción’?
Se trata de subvenciones dirigidas a la financiación de planes de formación desarrollados por empresas en el sector estratégico «Automoción», para centros de trabajo ubicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria, dirigidas a la mejora de la empleabilidad de las personas trabajadoras mediante la adquisición de competencias profesionales adecuadas a las demandas empresariales, a través de la realización de acciones específicas de formación vinculadas a la adaptación a los cambios en los procesos productivos y que se ven directamente afectados por los avances hacia una economía verde, digital e inclusiva, entendidas como aquellas materias que incrementan las destrezas de las personas trabajadoras en el actual contexto de cambio tecnológico y hacia una sociedad más justa y respetuosa con el medio ambiente.
¿A quién va dirigida esta convocatoria?
Empresas que tengan como actividad principal alguna de las actividades listadas en la convocatoria de la ayuda.
¿Qué tipo de ayuda es?
Se trata de una subvención a fondo perdido con una intensidad máxima hasta 400.000 €.
¿Qué dotación dispone?
1.000.000 €.
¿Qué tipo de proyectos subvenciona?
Las subvenciones se destinarán a financiar planes de formación que cumplan los siguientes requisitos:
- Que contemplen acciones formativas dirigidas a la mejora de la empleabilidad de las personas trabajadoras mediante la adquisición de competencias profesionales adecuadas a las demandas empresariales en aquellas tareas que requieren una adaptación a los cambios en los procesos productivos y que se ven directamente afectados por los avances tecnológicos hacia una economía verde, digital e inclusiva.
- Que las acciones formativas que contengan no resulten obligatorias de acuerdo con la normativa nacional.
- Que den comienzo una vez recaída resolución de concesión.
- Que la empresa solicitante se comprometa a cofinanciar:
- En el caso de grandes empresas: un mínimo del 50% del coste total de cada plan.
- En el caso de medianas empresas: un mínimo del 40% del coste total de cada plan.
- En el caso de pequeñas empresas: un mínimo del 30% del coste de cada plan.
- Que en el caso de formación práctica, esta se desarrolle para las personas trabajadoras de la empresa solicitante dentro de su jornada de trabajo, no pudiendo asistir a dicha formación las personas con el contrato en suspensión o en la parte reducida de su jornada de trabajo.
¿Qué tipo de gastos subvencionan las ayudas destinadas a la ‘formación profesional a medida de las empresas en sectores estratégicos: automoción’?
La subvención se destinará a cubrir los siguientes costes directos, con el límite de intensidad de ayuda establecido en función de si se trata de grandes, medianas o pequeñas empresas:
- Los costes derivados de la contratación del personal formador propio, correspondientes a las horas en que estas personas participen en la formación.
- Los costes de funcionamiento en que incurran el personal formador propio y las personas destinatarias de la formación, directamente relacionados con el plan de formación, como gastos de viaje y alojamiento, materiales y suministros vinculados directamente al plan, y la amortización de instrumentos y equipos, en la medida en que se utilicen exclusivamente para el plan de formación.
- Los costes de servicios de asesoramiento relacionados con la solicitud aprobada. Se entenderán incluidos en este apartado los gastos relativos a la revisión de la cuenta justificativa y emisión del informe auditor realizados por un/a auditor/a de cuentas inscrito/a como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
- Los costes de personal de las personas destinatarias de la formación que sean trabajadores/as por cuenta ajena de la empresa solicitante, por las horas en que estas participen en la formación.
- Los gastos de contratación de la impartición de la formación, cuando sea posible la subcontratación, siempre que se refiera a costes de contratación del personal formador y costes de funcionamiento directamente relacionados con el plan de formación.
- Con el límite de intensidad de ayuda establecido en función de si se trata de grandes, medianas o pequeñas empresas, a la subvención también se podrán imputar los costes indirectos generales (gastos administrativos, alquileres, gastos generales) por las horas en las que las personas destinatarias participen en la formación.
- Los costes indirectos no podrán superar el 10% del coste total de la actividad formativa realizada y justificada.
Plazo de solicitud
Estará abierta desde el 10/09/2025 hasta el 09/10/2025.
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