El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha publicado las ayudas destinadas al impulso de la economía circular en el sector del plástico para 2024.
¿Qué objetivo tienen las ayudas para el «impulso de la economía circular en el sector del plástico»?
La ejecución de proyectos que contribuyan de forma sustancial a mejorar la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales del plástico, mejorando la competitividad e innovación del tejido industrial en el marco de una economía circular en el sector del plástico.
¿A quién van dirigidas las ayudas para el «impulso de la economía circular en el sector del plástico»?
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- Las personas jurídicas de derecho privado con personalidad jurídica propia. No podrán acogerse a las ayudas, las entidades sin ánimo de lucro, a excepción de las entidades de economía social.
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- Las entidades de economía social. Estas entidades no podrán formar parte del sector público y deberán estar incorporadas en el registro correspondiente que le resulte aplicable según su forma jurídica y su ámbito de actividad económica, ya sea estatal o autonómico.
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- Las agrupaciones de las anteriores siempre que estén participadas por, al menos, una PYME, start-up o entidad de economía social.
¿Qué tipo de ayuda es?
Se trata de una subvención a fondo perdido.
¿Qué dotación tiene?
Cuenta con una dotación de 154.500.000 € (Ampliación) y una intensidad máxima de 10.000.000 € por proyecto.
¿Qué tipo de proyectos subvencionan las ayudas para el «impulso de la economía circular en el sector del plástico»?
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- Las actuaciones subvencionables enmarcadas en la categoría de investigación y desarrollo irán destinadas al menos a una de las siguientes subcategorías:
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- Reducción del número de elementos o componentes adheridos al producto/ envase plástico realizados con otros materiales, maderas y gomas o polímeros plásticos diferentes de los materiales del elemento o componente mayoritario del producto/ envase.
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- Mejora de la separación o desensamblaje de elementos y componentes por tipología de polímeros plásticos del resto del producto con objeto de facilitar la valorización de materiales de alta calidad.
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- Cambios hacia el empleo de un único polímero en el producto/envase o la fabricación de productos monocapa.
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- Sustitución de disruptores que afecten a la separación, clasificación o reciclaje, como pueda ser por ejemplo el uso de colorantes oscuros no detectables.
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- Uso de nuevas alternativas para la sustitución de sustancias peligrosas y de sustancias extremadamente preocupantes en materiales y productos.
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- Uso de nuevas alternativas para la sustitución de sustancias incluidas en el anexo I del Reglamento (UE) 2019/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019 sobre contaminantes orgánicos persistentes.
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- Incorporación de medidas que contribuyan al ecodiseño.
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- Mejora de la gestión de residuos plásticos.
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- Las actuaciones subvencionables enmarcadas en la categoría de digitalización para innovar en materia de procesos y organización de la entidad beneficiaria irán destinadas al menos a una de las siguientes subcategorías:
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- La trazabilidad de productos, sustancias, materiales y residuos para la medición, el control y seguimiento con la finalidad de alcanzar productos seguros e incrementar el volumen de reciclaje de alta calidad.
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- Nuevos modelos de negocio basados en la servitización que favorezcan la eficiencia del uso de los recursos y reduzca la generación de residuos.
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- Servicios de retorno de productos usados con el fin de reutilizarlos, remanufacturarlos o reciclarlos.
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- Uso de la tecnología de impresión 3D con el objeto de, por un lado, prevenir la generación de residuos por medio de un ajuste del volumen de materiales necesarios durante el proceso de fabricación, evitando así sobrantes o recortes, y por otro, reproducir piezas de repuesto que ya no se comercializan contribuyendo al incremento de la reparación y a la lucha contra la obsolescencia.
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- Las actuaciones subvencionables enmarcadas en la categoría de incremento del nivel de protección medioambiental de los beneficiarios irán destinadas, al menos, a una de las siguientes subcategorías:
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- Inversiones que reduzcan la generación de mermas y residuos pre-consumo y/o que supongan una mejora respecto a la situación actual en el tratamiento de los residuos generados por la propia entidad beneficiaria.
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- Inversiones que reduzcan el consumo de materia prima virgen mediante el uso de subproductos o de materiales procedentes de residuos.
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- Inversiones que reduzcan el consumo de materia prima virgen mediante el incremento en la eficiencia del uso de materiales sin comprometer su durabilidad y reciclabilidad.
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- Sustitución de materias primas por otras con un menor impacto ambiental demostrado basado en el análisis del ciclo de vida.
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- Desarrollo o cambio hacia modelos de negocio basados en la servitización y/o en productos de mayor calidad y durabilidad que ofrezcan garantías de reparabilidad y reciclabilidad.
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- Medidas para abordar la liberación no intencionada de microplásticos.
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- Las actuaciones subvencionables enmarcadas en la categoría de mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros irán destinadas al menos a una de las siguientes subcategorías:
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- Inversiones en sistemas e infraestructuras que mejoren la clasificación de los residuos plásticos por polímeros.
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- Inversiones en sistemas e infraestructuras que impulsen la preparación para la reutilización.
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- Desarrollo de sistemas e infraestructuras de tratamiento de residuos plásticos que permita incrementar y optimizar la obtención de material reciclado de alta calidad, generando nuevas materias primas que se usen en nuevos productos (se excluye el uso para combustibles).
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- Las actuaciones de reciclado químico solo serán subvencionables cuando dispongan de un factor de conversión de al menos un 50% expresado en peso de los residuos plásticos secos.
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- Las actuaciones se dirigirán a obtener alguno de los resultados cuantificables.
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- Las actuaciones no podrán ser objeto de división artificial en diferentes actuaciones o proyectos de inversión para el incremento del importe de subvención.
¿Qué tipo de gastos subvencionan?
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- Investigación y desarrollo
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- Los costes de personal de investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto. Personal de nueva contratación en exclusiva para el proyecto.
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- Los costes del instrumental y material.
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- Los costes de edificios y terrenos.
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- Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
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- Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.
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- En los estudios de viabilidad serán costes subvencionables los costes del estudio.
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- Digitalización para innovar en materia de procesos y organización.
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- Los costes de personal. Personal de nueva contratación en exclusiva para el proyecto.
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- Los costes de instrumental, material, edificios y terrenos, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
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- Los costes de instrumental y material en caso de que no se utilicen toda su vida útil, únicamente los costes de amortización de los mismos calculados conforme a los principios contables.
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- Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
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- Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.
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- Serán subvencionables los costes de ejecución de las obras, edificaciones, laboratorios y/o instalaciones cuando estas sean precisas, hasta un máximo de 600 euros/m2.
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- Incremento del nivel de protección medioambiental de los beneficiarios.
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- Únicamente serán subvencionable los costes de inversión adicionales, necesarios para ir más allá de las normas de la Unión aplicables o para incrementar el nivel de protección medioambiental en ausencia de normas de la Unión Europea.
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- Serán subvencionables los costes de ejecución de las obras, edificaciones, laboratorios y/o instalaciones cuando estas sean precisas, hasta un máximo de 600 euros/m2.
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- Mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros.
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- Únicamente serán subvencionables los costes de inversión suplementarios necesarios para realizar una inversión que mejore la calidad o eficiencia de las actividades de reutilización de materiales, reciclado y valorización, con respecto a un proceso convencional de dichas actividades con la misma capacidad que se construiría en ausencia de la ayuda.
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- Los costes de ejecución de las obras, edificaciones, laboratorios y/o instalaciones, cuando estas sean precisas, serán subvencionables hasta un máximo de 600 €/m2.
Plazo de solicitud
Abierto hasta el 23/09/2024.
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