¿Qué objetivo tiene la ayuda ‘Inversiones en transformación y comercialización de productos agroalimentarios’?
Se trata de financiar proyectos de inversiones en transformación, comercialización, y/o desarrollo de productos agroalimentarios destinados a las siguientes intervenciones:
- Intervención 6842.1, “Ayudas a inversiones con objetivos ambientales en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios”.
- Intervención 6842.2, “Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios”.
¿A quién va dirigida esta convocatoria?
Personas físicas o jurídicas, que operen como empresas agroalimentarias del sector de la transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios y, además:
- Reúnan la condición de microempresa y PYME.
- Sociedades cooperativas y sus asociaciones, así como las sociedades mercantiles en las que la participación de cooperativas en su capital social sea mayor del 50 %, independientemente de lo indicado en el punto anterior.
- Soporten real y efectivamente la carga financiera de las inversiones materiales, y costes que se consideren subvencionables.
- Cumplan con las normas comunitarias aplicables a la actividad que desarrollan.
- Acrediten que disponen de un plan de igualdad en el caso de que les sea exigible, a fecha de terminación del plazo de solicitud de ayudas.
También podrán tener la condición de personas beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos o actividades que motivan la concesión de la subvención.
¿Qué tipo de ayuda es?
Esta ayuda tiene la modalidad de una subvención a fondo perdido. A una misma persona o entidad beneficiaria no se le podrán conceder ayudas por importe superior a 1.500.000 euros por convocatoria de ayudas con el límite de 3 millones de euros en el periodo 2023-2027 para el conjunto de las dos intervenciones.
¿Qué dotación tiene esta ayuda?
Esta ayuda tiene una dotación de 25.000.000 €.
¿Qué tipo de proyectos subvenciona la ayuda ‘Inversiones en transformación y comercialización de productos agroalimentarios’?
- Inversiones elegibles en la intervención 6842.1 «Ayudas a inversiones con objetivos ambientales en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios»:
- Mejorar la eficiencia energética con fines principalmente ambientales
- Valorizar los residuos y materiales de origen agrícola, ganadero y agroindustrial para aumentar la autosuficiencia energética.
- Incorporar fuentes renovables de energía en la industria.
- Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) por actuaciones no incluidas en los objetivos anteriores.
- Mejorar la gestión de los recursos naturales (agua y aire) en la industria.
- Inversiones elegibles en la intervención 6842.2 «Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios»:
- Mejorar la competitividad (orientación al mercado, reducción de costes de producción, aumentar el tamaño, TIC, etc.).
- Fomentar la innovación (de producto/servicio, de proceso, de gestión organizacional, de marketing, etc.).
- Mejorar la calidad de los productos agroalimentarios: figuras de calidad diferenciada (DOP, IGP, ETG) y Producción ecológica (PE).
- Integración en la cadena de valor (entidades asociativas, canales cortos de comercialización, sistemas de certificación, trazabilidad, seguridad alimentaria, etc.).
- Promover el desarrollo rural (productos alimentarios no incluidos en el anexo I del TFUE, pero de relevancia significativa para el medio rural, valorización de subproductos, bioeconomía circular, etc.).
¿Qué tipo de gastos subvenciona la ayuda ‘Inversiones en transformación y comercialización de productos agroalimentarios’?
- La compra o el arrendamiento con opción de compra de nueva maquinaria y equipo, hasta el valor de mercado del producto. En el caso de arrendamiento financiero con opción de compra, el coste solo será elegible si la citada opción está ejecutada a fecha de justificación de la última anualidad y, en cualquier caso, antes del pago de la ayuda correspondiente a la misma.
- Las siguientes inversiones intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos, soluciones en la nube o similares y la adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas; los gastos en auditorías y certificación para la implantación de sistemas de gestión de la calidad, seguridad alimentaria, medioambiental o de otros específicos;
- Los costes generales vinculados a los gastos contemplados en la letra a) con el límite del 4 %, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad; los estudios de viabilidad seguirán siendo gastos subvencionables, aun cuando, atendiendo al resultado de dichos estudios.
- Todas las cifras empleadas se entenderán antes de cualquier deducción fiscal o de otras cargas. El impuesto sobre el valor añadido (IVA) no será subvencionable, excepto cuando no sea reembolsable en virtud de la legislación nacional correspondiente.
Plazo de solicitud
Estará abierta desde el 10/09/2025 hasta el 15/10/2025.
Si quieres conocer más convocatorias, puedes ir a nuestro buscador de ayudas haciendo click aquí.