PERTE de descarbonización industrial. Actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera

Imagen de una planta industrial con chimeneas y torres emitiendo humo, representando el reto que aborda el PERTE de Descarbonización Industrial para reducir emisiones y avanzar hacia procesos más sostenibles.
Programa:PERTE de descarbonización in-dustrial. Actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera
Dotación:329.741.822,5 €
Alcance geográfico:national
Beneficiarios:private
Características clave:PERTE de descarbonización industrial

La Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial (SEPIDES) ha publicado la «Ayuda del PERTE de Descarbonización Industrial»

 

 

¿Qué objetivo tienen las «ayudas del PERTE de Descarbonización Industrial «?

Se trata de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera como parte del PERTE de Descarbonización Industrial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

 

¿A quién van dirigidas las «ayudas del PERTE de Descarbonización Industrial «?

  • Las sociedades mercantiles estatales según la definición del artículo 111 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que realicen alguna actividad industrial, y las sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con cualquier forma jurídica y tamaño, que realicen alguna actividad industrial.
  • Las agrupaciones sin personalidad jurídica propia en las que participe una entidad del apartado anterior y que hayan establecido con anterioridad un acuerdo de agrupación y cumplan los requisitos establecidos.

 

¿Qué tipo de ayuda es?

Se trata de una subvención a fondo perdido.

 

¿Qué dotación dispone?

Cuenta con una dotación de 329.741.822,5 €. La ayuda máxima por cada proyecto tractor asciende a 200 millones de euros.

 

¿Qué gastos subvencionan las «ayudas del PERTE de Descarbonización Industrial «?

  • Aparatos y equipos de producción. Adquisición de activos fijos materiales vinculados directamente a la producción y a los objetivos del proyecto. Quedan excluidos los elementos de transporte exterior.
  • Edificación e instalaciones. Inversiones materiales para la construcción, ampliación o adecuación de naves industriales existentes, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo. También se incluyen en esta partida los trabajos de obra civil que contemplen exclusivamente activos materiales para la urbanización y canalizaciones. Se excluyen expresamente la compra de terrenos y los movimientos de tierras, así de como cualquier otro gasto que, aun siendo necesario para la realización de las inversiones materiales, no constituya una inversión material en sí misma. Los gastos de edificación e instalaciones no podrán suponer más del 50 por ciento del presupuesto financiable del proyecto primario.
  • Activos inmateriales. Inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.
  • Colaboraciones y servicios externos. Las necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, así como los servicios externos directamente relacionados con las inversiones vinculadas a los objetivos del proyecto. Queda expresamente excluida cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.

 

 

Plazo de solicitud

Estará abierta desde el día 02/02/2026 a las 10:00:00 y finalizará el día 13/02/2026 a las 14:00:00 (hora peninsular)

Si quieres conocer más convocatorias, puedes ir a nuestro buscador de ayudas haciendo click aquí.

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