PERTE VEC IV – Sección B. Ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado

PERTE VEC III
Programa:PERTE VEC IV - Sección B. Ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado
Dotación:400.000.000 €
Alcance geográfico:national
Beneficiarios:private
Características clave:PERTE VEC IV, Sección B

La Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial, Entidad Pública Empresarial (SEPIDES E.P.E.) ha publicado la Sección B del PERTE VEC IV, destinada a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado, para la anualidad 2025.

 

¿Qué objetivo tienen las «Ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado» ?

La ejecución de planes de inversión correspondientes a la sección B, proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado, dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del vehículo eléctrico y conectado.

¿A quién van dirigidas la ayudas «Ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado»?

A sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España, en el registro correspondiente, que hayan desarrollado durante al menos 2 años una actividad industrial, que no formen parte del Sector Público y se corresponda a alguno de los siguientes sectores:

  • CNAE-2025 Sección C 13.2 Fabricación de tejidos textiles
  • CNAE-2025 Sección C 13.9 Fabricación de otros productos textiles
  • CNAE-2025 Sección C 20.16 Fabricación de plásticos en formas primarias
  • CNAE-2025 Sección C 20.17 Fabricación de caucho sintético en formas primarias
  • CNAE-2025 Sección C 22.1 Fabricación de productos de caucho
  • CNAE-2025 Sección C 22.2 Fabricación de productos de plástico
  • CNAE-2025 Sección C 23.1 Fabricación de vidrio y productos de vidrio
  • CNAE-2025 Sección C 23.44 Fabricación de otros productos cerámicos de uso técnico
  • CNAE-2025 Sección C 24.1 Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones
  • CNAE-2025 Sección C 24.2 Fabricación de tubos, tuberías, perfiles huevos y sus accesorios, de acero.
  • CNAE-2025 Sección C 24.3 Fabricación de otros productos de primera transformación del acero
  • CNAE-2000 Sección C 24.42 Producción de aluminio
  • CNAE-2025 Sección C 25.4 Forja y modelado de metales y metalurgia de polvos.
  • CNAE-2025 Sección C 25.5 Tratamiento, revestimiento y mecanizado de metales.
  • CNAE-2025 Sección C 25.9 Fabricación de otros productos metálicos
  • CNAE-2025 Sección C 26.1 Fabricación de componentes electrónicos y circuitos impresos ensamblados
  • CNAE-2025 Sección C 26.2 Fabricación de ordenadores y equipos periféricos
  • CNAE-2025 Sección C 26.3 Fabricación de equipos de telecomunicaciones
  • CNAE-2025 Sección C 26.51 Fabricación de instrumentos y aparatos de medida, verificación y navegación.
  • CNAE-2025 Sección C 27.1 Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos y de aparatos de distribución y control eléctrico
  • CNAE-2025 Sección C 27.2 Fabricación de pilas y acumuladores eléctricos
  • CNAE-2025 Sección C 27.3 Fabricación de cables y dispositivos de cableado
  • CNAE-2025 Sección C 27.4 Fabricación de equipos de iluminación
  • CNAE-2025 Sección C 27.9 Fabricación de otro material y equipo eléctrico
  • CNAE-2025 Sección C 28.12 Fabricación de equipos de transmisión hidráulica y neumática
  • CNAE-2025 Sección C 28.13 Fabricación de otras bombas y compresores
  • CNAE-2025 Sección C 28.15 Fabricación de cojinetes, engranajes y órganos mecánicos de transmisión
  • CNAE-2025 Sección C 28.25 Fabricación de equipos de aire acondicionado no domésticos.
  • CNAE-2025 28.29 Fabricación de otra maquinaria de uso general n.c.o.p
  • Dentro del CNAE 28.92 Fabricación de maquinaria para las industrias extractivas y de la construcción, la fabricación de camiones todoterreno de caja basculante.
  • CNAE-2025 Sección C 29.1 Fabricación de vehículos a motor
  • CNAE-2025 Sección C 29.2 Fabricación de carrocerías para vehículos de motor; fabricación de remolques y semirremolques
  • CNAE-2025 Sección C 29.3 Fabricación de repuestos y accesorios de vehículos de motor
  • CNAE-2025 Sección C 30.91 Fabricación de motocicletas
  • Dentro de la CNAE 30.92 la fabricación de vehículos motorizados para personas con discapacidad.
  • CNAE-2025 Sección E 38.2 Valorización de residuos. Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la actividad 38.21x de la CNAE 2025, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R02, R03, R04, R05 (con exclusión de la limpieza de suelos), R06, R07, R08, R09, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla), según definiciones establecidas en el anexo II de la Ley 7/2022, de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Los beneficiarios deberán acreditar que han desarrollado dicha actividad durante al menos los dos años anteriores a la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes; o bien que sus accionistas y/o equipo directivo cuentan con esa experiencia de 2 años en una producción industrial, en planta piloto o a escala experimental, comparable.

¿Qué tipo de ayuda es?

Se trata de un préstamo reembolsable, subvención o combinación de ambas.

¿Qué dotación dispone?

400.000.000 € repartidos de la siguiente forma:

  • 150.000.000 € en subvención.
  • 250.000.000 € en préstamos.

¿Qué proyectos y líneas de actuación subvencionan las «Ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado»?

Subsección B.1. Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación: proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental, y proyectos de innovación en materia de organización y procesos, según se definen a continuación:

  • Proyectos de Investigación industrial: La investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes; comprende la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario para la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.
  • Proyectos de desarrollo experimental: la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.
  • Proyectos de innovación en materia de organización: La aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores de una empresa.
  • Proyectos de innovación en materia de organización y procesos: La aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos).

Subsección B.2. Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética:

  • Inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medioambiente.
  • Inversiones con carácter innovador en medidas de ahorro energético o eficiencia energética. Se considerarán aquellas inversiones destinadas a mejoras que permitan lograr un nivel más elevado de eficiencia energética en los procesos de producción de la entidad.

Subsección B.3. Línea de ayudas regionales a la inversión:

  • En zonas asistidas que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 107, apartado 3, letra a) del Tratado de Funcionamiento de la UE, independientemente del tamaño de las entidades que sean beneficiarias, podrán concederse ayudas para las siguientes tipologías de proyecto que serán, en todo caso, realizados por una única entidad y en una única localización:
    • Creación de un nuevo establecimiento: inicio de una nueva actividad industrial en dichas zonas asistidas.
    • Modificación de líneas de producción: realización de inversiones destinadas a:
      • la transformación fundamental en el proceso global de producción del establecimiento.
      • la diversificación de la producción en un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el establecimiento.
      • la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente.
  • En zonas asistidas que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 107, apartado 3, letra c) del Tratado de Funcionamiento de la UE, podrán concederse ayudas a PYMES para las siguientes tipologías de proyecto que serán, en todo caso, realizados por una única entidad y en una única localización:
    • Creación de un nuevo establecimiento: inicio de una nueva actividad industrial en dichas zonas asistidas.
    • Modificación de líneas de producción: realización de inversiones en aparatos y equipos, así como la adquisición de activos fijos materiales para la implementación de soluciones de hibridación del mundo físico y digital (sistemas inteligentes, low-end y embebidos, sensores, wearables, e-tags, realidad virtual e impresión 3D, robótica y vehículos no tripulados dentro del establecimiento industrial) que integren al menos una línea de producción completa, destinadas a:
      • la diversificación de la producción en un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el establecimiento.
      • la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente.
      • la transformación fundamental en el proceso global de producción del establecimiento.
  • En zonas asistidas que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 107, apartado 3, letra c) del Tratado de Funcionamiento de la UE, podrán concederse ayudas a grandes empresas para las siguientes tipologías de proyecto que serán, en todo caso, realizados por una única entidad y en una única localización:
    • Inversiones iniciales en favor de una nueva actividad económica: realización de inversiones en aparatos y equipos, así como la adquisición de activos fijos materiales para la implementación de soluciones de hibridación del mundo físico y digital (sistemas inteligentes, low-end y embebidos, sensores, wearables, e-tags, realidad virtual e impresión 3D, robótica y vehículos no tripulados dentro del establecimiento industrial) que integren al menos una línea de producción completa, destinadas a la diversificación de la producción en un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad no sea una actividad idéntica o similar a la realizada anteriormente en el establecimiento.
    • Creación de un nuevo establecimiento: inicio de una nueva actividad industrial en dichas zonas asistidas.

Subsección B.4. Línea de ayudas a la inversión en favor de las PYME: Deberá incluir inversiones consistentes en activos materiales o inmateriales para:

  • la creación de un nuevo establecimiento
  • la ampliación de un establecimiento existente
  • la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales
  • una transformación fundamental en el proceso general de producción de un establecimiento existente

¿Qué gastos subvenciona «Ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado»?

Subsección B.1. Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación

  • Costes de personal: Los costes relacionados con el personal investigador, técnico o auxiliar incluidos en los grupos de cotización a la Seguridad Social 1, 2 o 3, personal autónomo socio de la empresa y personal autónomo económicamente dependiente.
  • Costes de instrumental y material: Se aceptarán los gastos de amortización de instrumental y material en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
    • Se limita el coste del material fungible al 10% del presupuesto financiable del proyecto, hasta un máximo de 2.000.000 euros.
    • Los costes de instrumental y material no superarán el 60% del presupuesto financiable del proyecto.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia. Queda expresamente excluida cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la ayuda solicitada.
  • Gastos generales: se aplicará un porcentaje del 15% sobre los costes de personal válidamente justificados.

Subsección B.2 Línea de innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética:

  • Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto. Quedan excluidos los elementos de transporte exterior.
  • Edificaciones e instalaciones: inversiones materiales para la adecuación de naves industriales existentes, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
    • Se podrán incluir en esta partida las inversiones correspondientes a líneas de generación de energía eléctrica procedente de fuentes renovables que los productores industriales implanten en sus instalaciones para su autoconsumo y que sólo podrán consistir en instalaciones de generación de electricidad renovable con tecnología fotovoltaica y/o eólica.
  • Activos inmateriales: inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.
  • Colaboraciones externas: colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos directamente vinculados con las inversiones dedicadas a la protección del medio ambiente o al incremento del nivel de eficiencia energética.

Subsección B.3 Línea de ayudas regionales a la inversión:

  • Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto. Quedan excluidos los elementos de transporte exterior.
  • Edificaciones e instalaciones: inversiones materiales para la construcción y/o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
    • Se podrán incluir en esta partida las inversiones correspondientes a líneas de generación de energía eléctrica procedente de fuentes renovables que los productores industriales implanten en sus instalaciones para su autoconsumo y que sólo podrán consistir en instalaciones de generación de electricidad renovable con tecnología fotovoltaica y/o eólica.
  • Activos inmateriales: inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.

Subsección B.4 Línea de ayudas a la inversión en favor de las PYME

  • Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto. Quedan excluidos los elementos de transporte exterior.
  • Edificaciones e instalaciones: inversiones materiales para la construcción y/o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
    • Se podrán incluir en esta partida las inversiones correspondientes a líneas de generación de energía eléctrica procedente de fuentes renovables que los productores industriales implanten en sus instalaciones para su autoconsumo y que sólo podrán consistir en instalaciones de generación de electricidad renovable con tecnología fotovoltaica y/o eólica.
  • Activos inmateriales: inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.

Plazo de solicitud

Abierta desde el 21/10/2025 a las 10:00h hasta el 31/10/2025 a las 14:00h.

Si quieres conocer más convocatorias, puedes ir a nuestro buscador de ayudas haciendo click aquí.

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