Plan de Impulso al Emprendimiento para la Innovación en el Sector Portuario (PUERTOS 4.0)

Supervisor con casco y chaleco revisando contenedores en puerto, vinculado al Plan de Impulso al Emprendimiento para la Innovación en el Sector Portuario (PUERTOS 4.0)
Programa:Plan de Impulso al Emprendimiento para la Innovación en el Sector Portuario
Dotación:6.750.000 €
Alcance geográfico:national
Beneficiarios:private
Características clave:Puertos 4.0

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha publicado la nueva convocatoria de ayudas para el «Plan de Impulso al Emprendimiento para la Innovación en el Sector Portuario (Puertos 4.0)» en las modalidades IDEAS y PROYECTOS COMERCIALES.

 

¿Qué objetivo tiene «Puertos 4.0»?

  • Su finalidad es activar la inversión pública y privada en innovación para la transformación y fortalecimiento de las capacidades tecnológicas del sector del transporte, la logística y los puertos y favorecer la aplicación de nuevos conocimientos y tecnologías de carácter disruptivo, nuevos usos de tecnologías ya existentes pero todavía no aplicadas al sector logístico-portuario, así como actividades de investigación aplicada generadoras de valor añadido para la comunidad logístico-portuaria, a través de proyectos empresariales.
  • Las ayudas están dirigidas a financiar la puesta en marcha y la maduración tecnológica de ideas y proyectos que desarrollen nuevas tecnologías, introduzcan productos, servicios o procesos innovadores en el mercado o mejoren los ya existentes con aplicación directa en el ecosistema logístico-portuario u otros relacionados con este, vinculados a los puertos de interés general o a los diferentes eslabones de la cadena logística.

 

¿A quién va dirigida esta convocatoria?

  • Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y hayan de realizar las ideas y proyectos subvencionables.
  • También podrán tener la condición de solicitantes y beneficiarias de estas ayudas las agrupaciones de personas físicas y/o jurídicas que puedan llevar a cabo ideas o proyectos en cooperación.
  • Se establece como excepción que las personas físicas no podrán ser beneficiarias de subvenciones para proyectos en la modalidad comercial, pudiendo ser beneficiarias de tales subvenciones las personas jurídicas y las uniones o agrupaciones de estas.
  • Las personas físicas podrán ser solicitantes de subvenciones para proyectos en la modalidad comercial, pero no beneficiarias de estas ayudas individualmente o participando en una agrupación, siempre y cuando incluyan en la solicitud el compromiso de constituirse en persona jurídica en caso de ser adjudicataria de las ayudas.

¿Qué tipo de ayuda es?

Se trata de una subvención a fondo perdido con una intensidad de hasta 2.000.000 € en los proyectos en fase comercial.

¿Qué dotación dispone?

Cuenta con una dotación de 6.750.000 €.

 

¿Qué tipo de proyectos subvenciona?

  • La convocatoria alcanza las modalidades IDEAS y PROYECTOS COMERCIALES.
  • Para poder presentarse a la convocatoria en la modalidad Ideas, los proyectos deberán acreditar que se encuentran en un nivel de maduración tecnológica TRL1 o TRL2. El resultado de los trabajos a realizar con la subvención solicitada debe ser alcanzar un nivel TRL3 o superior.
  • En el caso de la modalidad de proyectos comerciales, los proyectos deberán acreditar que se encuentran en un nivel TRL7 (haber validado con éxito un prototipo en un entorno real) o TRL8.
  • El resultado de los trabajos a realizar con la subvención será que el producto, servicio o proceso resultante deba encontrarse en condiciones de ser comercializado, incluso a nivel internacional, al haber alcanzado con éxito un nivel TRL9.
  • No serán elegibles ideas y proyectos cuyo nivel de desarrollo sea tal que la fase de comercialización ya haya sido conseguida a nivel nacional o internacional.

 

¿Qué tipo de gastos subvenciona?

  • Gastos de personal: personal investigador, técnico y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
  • Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto. En caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos, patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial y seguros, así como los costes de consultoría, auditoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
  • Gastos generales directamente derivados del proyecto.
  • Inversiones en equipos.
  • Otros gastos de explotación adicionales, incluidos costes de alquileres, cánones, materiales, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.
  • Gastos asociados al desarrollo técnico y material de los prototipos y pilotos, así como los componentes tecnológicos asociados a estos. Asimismo, se considerarán gastos subvencionables aquellos relacionados con la actualización, el mantenimiento y la reparación de los prototipos o pilotos implantados en uno o más agentes de la comunidad logístico-portuaria.
  • Los tributos cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente durante el periodo de ejecución del proyecto.
  • Los costes indirectos tendrán la consideración de gasto subvencionable cuando estos sean imputados por el beneficiario a la actividad subvencionada de forma proporcional.

 

Plazo de solicitud de «Puertos 4.0»

  • Solicitudes de subvenciones en la modalidad Ideas: Desde el 31/12/2025 hasta el 02/03/2026.
  • Solicitudes de subvenciones en la modalidad Proyectos Comerciales: Desde el 31/12/2025 hasta el 31/03/2026.

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