Preparación y ejecución de proyectos innovadores AEI-Agri

Preparación y ejecución de proyectos innovadores AEI-Agri
Programa:Preparación y ejecución de proyectos innovadores AEI-Agri
Dotación:250.000€
Alcance geográfico:national
Beneficiarios:public
Características clave:Innovadores

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha ha publicado las bases reguladoras de la ayuda a la «Preparación y ejecución de proyectos innovadores en los ámbitos agrícola, ganadero y agroalimentario».

 

¿Qué objetivo tiene la ayuda para la «Preparación y ejecución de proyectos innovadores en los ámbitos agrícola, ganadero y agroalimentario»?

Estos proyectos innovadores se basarán en el modelo de innovación interactiva cuyos principios clave son los siguientes:

  • desarrollar soluciones innovadoras que se centren en las necesidades de los sectores agrario o agroalimentario y, al mismo tiempo, abordar las interacciones en el conjunto de la cadena de suministro, cuando proceda;
  • agrupación de los socios con conocimientos complementarios, como agricultores, asesores, investigadores, empresas u organizaciones no gubernamentales, en la combinación específica que resulte más adecuada para alcanzar los objetivos del proyecto, y;
  • toma de decisiones y creación de forma conjunta durante todo el proyecto.

¿A quién va dirigido la ayuda «Preparación y ejecución de proyectos innovadores en los ámbitos agrícola, ganadero y agroalimentario»?

Agrupaciones de al menos dos personas, físicas o jurídicas independientes entre sí, que se asocien para formar parte de un grupo operativo supraautonómico de la AEI-Agri, para preparar y ejecutar un proyecto innovador. Las integrantes del grupo operativo podrán ser:

    • Productores del sector primario agrario del ámbito territorial de Castilla-La Mancha y sus agrupaciones o asociaciones.

    • Empresas o industrias del sector agroalimentario del ámbito territorial de Castilla-La Mancha y sus agrupaciones y asociaciones.

    • Del sector investigador o del conocimiento. Entendiéndose como tales a los centros de investigación, universidades, academias científicas reconocidas, centros de desarrollo tecnológico, entidades de I+D+i, entre otros, cuyo fin u objeto social sea la investigación, la compilación y difusión del conocimiento, el desarrollo tecnológico o la innovación.

    • Otros: organizaciones no gubernamentales, grupos de acción local, asociaciones de consumidores o de comercialización, entidades de asesoramiento o cualquier otro agente que desempeñe un papel relevante en la ejecución del proyecto.

¿Qué tipo de ayuda es?

Se trata de una subvención a fondo perdido.

¿Qué dotación tiene?

Esta subvención a fondo pedido mediante concurrencia competitiva cuenta con una intensidad máxima de 250.000 € por proyecto innovador.

¿Qué tipo de proyectos subvenciona?

Finalidad de las ayudas:

    • apoyar una renta agrícola viable y la resiliencia del sector agrícola en todo el territorio de la Unión a fin de mejorar la seguridad alimentaria a largo plazo y la diversidad agrícola, así como garantizar la sostenibilidad económica de la producción agrícola en la UE.

    • mejorar la orientación al mercado y aumentar la competitividad de las explotaciones agrícolas a corto y largo plazo, también mediante una mayor atención a la investigación, la tecnología y la digitalización.

    • mejorar la posición de los agricultores en la cadena de valor;

    • contribuir a la adaptación al cambio climático y a su mitigación, también mediante la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorando la captura de carbono, así como promover la energía sostenible.

    • promover el desarrollo sostenible y la gestión eficiente de recursos naturales como el agua, el suelo y el aire, incluyendo la reducción de la dependencia química.

    • contribuir a detener y revertir la pérdida de biodiversidad, potenciar los servicios relacionados con los ecosistemas y conservar los hábitats y los paisajes.

    • atraer y apoyar a los jóvenes agricultores y a los nuevos agricultores y facilitar el desarrollo empresarial sostenible en las zonas rurales.

    • promover el empleo, el crecimiento, la igualdad de género, incluida la participación de las mujeres en la agricultura, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales, entre ellas la bioeconomía circular y la silvicultura sostenible.

    • mejorar la respuesta de la agricultura de la Unión a las exigencias sociales en materia de alimentación y salud, incluida la demanda de alimentos de buena calidad, seguros y nutritivos producidos de forma sostenible, reducir el desperdicio de alimentos, mejorar el bienestar animal y combatir la resistencia a los antimicrobianos.

    • modernizar la agricultura y las zonas rurales, fomentando y poniendo en común el conocimiento, la innovación y la digitalización en las zonas agrícolas y rurales y promoviendo su adopción por los agricultores, mediante la mejora del acceso a la investigación, la innovación, el intercambio de conocimientos y la formación.

¿Qué tipo de gastos subvenciona?

    • Gastos de constitución del Grupo Operativo y de preparación del proyecto innovador.

    • Gastos para la ejecución y divulgación de proyectos innovadores:
      • Gastos del personal destinado específicamente al proyecto, ya se trate de trabajadores por cuenta ajena, con dedicación total o parcial, o trabajadores por cuenta propia que realicen trabajos dependientes para el grupo operativo o cualquiera de sus miembros.
      • Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de los miembros del grupo operativo relativos a la ejecución del proyecto innovador.
      • Gastos del coordinador técnico del proyecto que podrán incluir los gastos relacionados en los puntos 1º y 2º. 4º.
      • Alquiler de equipos, instalaciones, fincas o espacios para la divulgación.
      • Gastos de tramitación y de protección de la propiedad intelectual del producto, servicio y/o proceso derivado cuando corresponda.
      • Gastos de consultoría tecnológica, asesoría y servicios necesarios para la realización del proyecto y la divulgación de resultados. Se entenderá que son aquellas actividades, diferentes a la acción de cooperación propuesta, que deban ser puntualmente prestadas por otra entidad para que el proyecto pueda ser desarrollado, tales como análisis y ensayos de laboratorio; ingeniería para montaje y operación; estudios y actividades complementarias y consultorías externas.
      • Las inversiones intangibles dedicadas a la adquisición, el desarrollo o las tarifas de uso de programas informáticos, soluciones en la nube o similares, así como adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas que resulten esenciales para la ejecución del proyecto.
      • Las inversiones destinadas a la producción de energía a partir de fuentes renovables y los gastos de adquisición de equipos e instrumental precisos para la realización del proyecto, en la medida en que se dediquen en exclusiva a este y estén debidamente justificados. Si se van a poder utilizar después del proyecto, solo serán subvencionables los costes de amortización de los bienes inventariables con arreglo a las reglas establecidas en el artículo 31.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
      • El arrendamiento financiero de equipos e instrumental hasta el valor de mercado del producto y durante el plazo de ejecución del proyecto, excepto los gastos previstos en el Anexo I.
      • El material fungible que se utilice directamente en el proyecto. Se incluyen los costes del material fungible de laboratorio, animales, vegetales u organismos y materias que queden inutilizadas por la ejecución del proyecto, así como el material fungible necesario para las labores de divulgación de los resultados del proyecto.
      • El gasto derivado del informe realizado por un auditor de cuentas.
      • Gastos derivados de la constitución y mantenimiento de la garantía bancaria.

        • Costes indirectos.

        • Los gastos de personal propio financiable de cada entidad no podrán superar el 30% de los gastos de personal en que se haya incurrido.

Plazo de solicitud

Pendiente de publicación de la convocatoria oficial

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