Programa INNOGLOBAL – Proyectos de I+D en cooperación tecnológica internacional

Programa INNOGLOBAL – Proyectos de I+D en cooperación tecnológica internacional
Programme:Programa INNOGLOBAL
Awards:25.000.000 €
Geographical Scope:national
Beneficiaries:private
Key Features:INNOGLOBAL

El Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (CDTI) ha convocado el «Programa INNOGLOBAL» para la anualidad 2025.

 

¿Qué objetivo tiene el «Programa INNOGLOBAL»?

La mejora de la competitividad de las empresas españolas a través de la innovación realizada en clave internacional, permitiéndoles reforzar sus capacidades tecnológicas y ampliando, al mismo tiempo, el impacto de sus productos, procesos y servicios en los mercados globales. Se financiará la actividad de empresas españolas que participen en consorcios internacionales de I+D en el marco de programas de cooperación tecnológica internacional, incluyendo los proyectos multilaterales, bilaterales y de cooperación internacional con certificación unilateral gestionados por CDTI.

¿A quién va dirigida esta ayuda?

Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas contempladas en la presente convocatoria las siguientes empresas, estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España:

    • Las pequeñas y medianas empresa (pymes).

    • Las grandes empresas, siempre que la dirección de desarrollo del proyecto se localice en Canarias, o tengan menos de 499 empleados (“pequeñas empresas de mediana capitalización”).

¿Qué tipo de ayuda es?

Se trata de una subvención a fondo perdido.

¿Qué dotación dispone el «Programa INNOGLOBAL»?

Cuenta con una dotación de 25.000.000 €.

¿Qué tipo de proyectos subvenciona?

Será objeto de ayuda la participación española en proyectos de I+D de cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL). Será objeto de ayuda la participación española en los proyectos de I+D de cooperación tecnológica internacional relacionados con los siguientes programas de CDTI:

  • Programas de CDTI de cooperación tecnológica internacional multilaterales y bilaterales.
  • Proyectos de cooperación tecnológica internacional unilaterales.
  • Cooperación internacional para Big Science.

Las actuaciones financiables deberán cumplir los siguientes requisitos:

    • Lugar de desarrollo: las actividades deberán desarrollarse en una de las siguientes Comunidades Autónomas y/o Ciudades Autónomas: Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura Baleares, Canarias, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia, Murcia, Ceuta y Melilla. Las actividades llevadas a cabo por el personal de la beneficiaria en el desempeño de sus funciones deberán desarrollarse en el territorio en que se ubique el centro al que el mencionado personal esté adscrito.
    • Presupuesto: tener un presupuesto elegible mínimo de 175.000 euros.
    • Duración los proyectos deberán ser plurianuales, pudiendo comenzar en 2025 o en 2026. Los proyectos deberán finalizar el 31 de diciembre de 2027 o el 30 de junio de 2028, sin perjuicio de las posibles prórrogas que se autoricen, en su caso. En cualquier caso, se deberá solicitar ayuda para 2026.
    • Carácter internacional: deberán ser proyectos de I+D realizados en el marco de los programas de colaboración tecnológica de CDTI.
    • Los proyectos objeto de ayuda de esta convocatoria deben realizarse de forma individual por una única entidad beneficiaria.
    • No podrán ser objeto de ayuda los proyectos relativos al desarrollo de tecnología de uso militar o dual.

    ¿Qué tipo de gastos subvenciona?

      • Costes de personal: Los costes relacionados con los investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto o actividad pertinente.
      • Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.
      • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
      • Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.
      • El gasto derivado del informe realizado por un auditor, inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta 1.500 euros por anualidad.
      • Los gastos de los viajes que se deriven directamente del proyecto, hasta un límite de 10.000 euros por proyecto.
      • Los costes indirectos del proyecto serán calculados e imputados al proyecto, con base en la metodología de costes simplificados establecida en el artículo 54 b) del Reglamento (UE) 2021/1060, de 24 de junio. De esta forma, los costes indirectos del proyecto se calcularán en base a un tipo fijo del 15 % de los costes de personal.

        Plazo de solicitud

        Desde el 26/08/2025 hasta el 26/09/2025 a las 12:00 horas del mediodía.

          ¿Quieres conocer más convocatorias? No dudes en ir a nuestro buscador de ayudas aquí.

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