Proyectos de Inversión del sector pesquero y acuicultura. FEMPA

Proyectos de Inversión del sector pesquero y acuicultura. FEMPA
Programa:Proyectos de Inversión del sector pesquero y acuicultura. FEMPA
Dotación:
Alcance geográfico:national
Beneficiarios:private
Características clave:Proyectos de Inversión del sector pesquero y acuicultura CDTI

La ayuda de proyectos de inversión del sector pesquero y de acuicultura ha sido convocada por CDTI.

¿Qué objetivo tiene la convocatoria de proyectos de inversión del sector pesquero y de acuicultura?

La financiación de proyectos de inversión en actividades de transformación y comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura.

¿Quién puede solicitar la ayuda de proyectos de inversión del sector pesquero y de acuicultura?

Podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas las empresas que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, y desarrollen el proyecto de inversión en España, concretamente:

  • Para los Proyectos de inversiones productivas en acuicultura: las beneficiarias serán empresas acuícolas, tanto PYMES como Grandes Empresas.
  • Para los Proyectos de inversiones en comercialización y transformación: las empresas beneficiarias serán PYMES que operen en el sector comercializador y transformador de productos pesqueros y/o acuícolas.

Para ambos casos, los proyectos que normativamente estén sujetos a previa EIA (evaluación de impacto ambiental) deberá cumplir con la normativa aplicable de acuerdo con los procedimientos establecidos y se podrá acreditar aportando la resolución con que haya concluido la evaluación y la autorización sustantiva del proyecto.

Asociaciones y fundaciones del sector pesquero y acuícola, que ejerzan una actividad económica de forma regular, debiendo estar dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas con al menos dos años de anterioridad a la fecha de la solicitud.

¿Cuál es la modalidad de la ayuda y sus características?

  • Estos proyectos se financiarán mediante una Ayuda Parcialmente Reembolsable, compuesta por un tramo reembolsable y un tramo no reembolsable, sujeto a disponibilidad de fondos, con una cobertura de hasta el 85% del presupuesto total aprobado por el Consejo de Administración del CDTI.
  • La ayuda que se conceda nunca podrá ser superior a la ayuda solicitada por la empresa para el proyecto, ni superar el 75% de intensidad de ayuda máxima a través de la línea LIF4 .
  • La ayuda se compone de un tramo reembolsable y de un tramo no reembolsable (TNR).
  • La intensidad máxima de ayuda es de hasta el 85% para los proyectos que se desarrollen en Canarias.
  • Tipo de Interés aplicable y periodo de amortización: El tipo de interés aplicable es Euribor a 1 año y fijado a la fecha de la concesión de la ayuda por el Consejo de Administración del CDTI.
  • El tipo de interés se aplicará únicamente sobre el tramo reembolsable de la ayuda.
  • Devengo de los intereses ordinarios: Los intereses ordinarios de la ayuda se devengarán y se pagarán semestralmente desde el momento de la primera disposición de la ayuda.
  • Amortización del tramo reembolsable: El tramo reembolsable de la ayuda se devolverá en un plazo de 10 años, con un año de carencia de capital a contar desde la fecha de finalización prevista del proyecto. La primera amortización de capital se realizará 1 año después de la finalización prevista del proyecto y las amortizaciones serán semestrales.
  • Amortización anticipada: La entidad beneficiaria podrá amortizar anticipadamente total o parcialmente el principal, ajustándose a lo previsto en el contrato que se formalice. La amortización anticipada, total o parcial, implicará la aplicación de una penalización del 1% sobre el importe amortizado. No se podrá efectuar la amortización anticipada, total o parcial, antes de la certificación del hito final del proyecto ni de la fecha de vencimiento de la primera cuota de amortización prevista.
  • Tramo no reembolsable de la ayuda: El tramo no reembolsable de la ayuda será del 33% de la cobertura financiera del 75% del presupuesto total aprobado por el Consejo de Administración. El eventual incremento de cobertura financiera hasta el 85% del presupuesto total aprobado no genera tramo no reembolsable adicional.

¿Qué proyectos subvenciona?

  • Proyectos de inversiones productivas en acuicultura, destinados a promover actividades acuícolas sostenibles, especialmente reforzando la competitividad de la producción acuícola, garantizando al mismo tiempo que las actividades sean medioambientalmente sostenibles a largo plazo, a través de inversiones para una acuicultura económicamente viable, competitiva y atractiva.
    • Inversiones productivas en la acuicultura y/o modernización de los centros acuícolas que sean innovadoras, reduzcan su impacto ambiental, aumenten la resiliencia al cambio climático y mejoren la eficiencia energética, entre otras.
    • Inversiones que favorezcan la automatización y digitalización de procesos.
    • Inversiones para optimizar los procesos, recursos y residuos a través de la economía circular.
    • Inversiones para mejorar la calidad del producto acuícola o para incrementar su valor. e) Inversiones para diversificar la producción acuícola y las especies cultivadas.
  • Proyectos de inversiones en comercialización y transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura que promuevan la comercialización, la calidad y el valor añadido de los productos de la pesca y la acuicultura, así como de la transformación de dichos productos. Se concederán ayudas destinadas a estas inversiones que:
    • Fomenten la calidad y el valor añadido de los productos.
    • Aumenten la eficiencia energética o a reducir el impacto en el medio ambiente, así como mejorar la movilidad sostenible de la distribución de productos de la pesca.
    • Mejoren la seguridad, la higiene, la salud y las condiciones de trabajo.
    • Favorezcan la economía circular mediante la prevención (ecodiseño y ecoeficiencia), optimización de los procesos y minimización de los residuos, el aprovechamiento comercial de los capturas no deseadas y subproductos, uso de descartes para el desarrollo de subproductos, transformación de capturas de pescado comercial que no puede destinarse al consumo humano, y transformación de subproductos obtenidos de las actividades principales de transformación.
    • Fomenten la transformación de productos de la acuicultura ecológica.
    • Fomenten la adaptación de los operadores a los requisitos de cumplimiento y certificación de acuerdo con el Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo o del Reglamento (UE) 2018/848 en lo relativo a productos de acuicultura ecológica.
    • Den lugar a nuevos o mejores productos, nuevos o mejores procesos, o nuevos o mejores sistemas de gestión y organización perfeccionados, en materia de la transformación, la conservación y la comercialización de los productos, incluyendo proyectos piloto.

¿Qué gastos son subvencionables?

    • La adquisición de activos fijos nuevos necesarios para el desarrollo del proyecto.

    • Costes de personal dedicado al proyecto.

    • Costes de materiales fungibles y consumibles.

    • Subcontrataciones.

    • Costes generales.

    • Costes de auditoría del proyecto, con un límite máximo de 2.000 euros.

¿Qué plazo de presentación tiene?

El plazo de solicitud está abierto todo el año, hasta agotar los fondos FEMPA.

¿Quieres conocer más convocatorias? No dudes en ir a nuestro buscador de ayudas aquí.

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